Sabías que...: Disponemos de hasta 3 días adicionales de vacaciones (PDF)
1. Según Convenio Colectivo
El Convenio establece 25 días hábiles de vacaciones.
Adicionalmente, a partir del año 2013 se añade un día de Libre Disposición para cuyo disfrute únicamente será necesario el previo aviso.
El segundo día de Libre Disposición que hemos disfrutado en años anteriores ha permanecido vigente hasta el 31/12/2018, momento en el que ha quedado sin efecto. Será objeto de negociación en la mesa del Convenio Colectivo recientemente constituida y en la que, de nuevo, CCOO es el sindicato mayoritario.
2. Según Acuerdo de Integración
En el acuerdo de integración de Unicaja y CEISS se establecen hasta 2 días adicionales de vacaciones para el total de la plantilla, en función de la antigüedad:
- 1 día adicional para quienes alcancen 25 años de servicio.
- 1 día adicional para quienes alcancen 35 años de servicio.
Para computar la antigüedad se tiene en cuenta todo el tiempo trabajado en las entidades de origen.
Otras cuestiones en relación con las vacaciones
- Se fijan en cada OFICINA de común acuerdo entre empresa y trabajador. Nadie puede imponer tal o cual periodo de vacaciones.
- Se tienen que conocer con una antelación mínima de 2 meses. Cumplido el preaviso, el cuadro de vacaciones es ejecutivo.
- La coincidencia con una baja laboral da derecho al disfrute de las vacaciones con posterioridad a la baja, incluso si ha transcurrido el año natural correspondiente.
Te enlazamos el Resumen de la normativa laboral de Unicaja sobre vacaciones.
Ante cualquier duda, contacta con tus delegados y delegadas de CCOO.