Las acciones formativas impulsadas por la empresa deben estar dentro del horario laboral, y si no lo están, las horas deben ser compensadas.
Esto no es lo habitual, pero tampoco te pueden sancionar sólo por no acudir al curso.El planteamiento debería ser más extenso.
La empresa debe explicarte que es una formación obligatoria, proponer la compensación de horas, y si te niegas, sí te podría sancionar, por incumplimiento de órdenes.Por ejemplo, en materia de prevención de riesgos laborales está especialmente previsto que la empresa sancione a los trabajadores que se nieguen injustificadamente a acudir al curso.