El acuerdo de empresa de Cualtis en su art 12, indica que: “siempre que el tiempo para la comida se encuentre entre el período no inferior a una hora ni superior a dos, se tendrá derecho a esta compensación por día trabajado en jornada partida, procediendo su entrega por medio de “cheque restaurante.”
No creemos que sea tan difícil interpretar lo que pone en dicho artículo, porque no tiene error de interpretación. Y no hay nada consensuado con la representación de los trabajadores posteriormente, que pueda cambiar lo que se indica en dicho artículo.
Nos parece una falta de respeto hacia los trabajadores de esta empresa y una muestra de mala fe por parte de ciertos gerentes, que por ahorrarse cuatro cheques gourmet, dejen de entregar un beneficio a los trabajadores.
Si la empresa no le informa convenientemente sobre este beneficio, el trabajador debe solicitarlo dejando constancia de ello por escrito, para su posterior reclamación. Si algún trabajador se encentra en esta situación o duda si le corresponde este beneficio se puede poner en contacto con nosotros a través de cualtisssccoo20@gmail.com, y en nuestra pag web https://www.ccoo-servicios.es/cualtis/