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Barclays Bank

Acuerdo de integración y unificación de los planes de pensiones


Hoy se ha firmado el acuerdo de integración del Plan de Pensiones del Banco Zaragozano en el Plan de Pensiones del Grupo Barclays Bank España, con lo que a partir del 1 de enero de 2005 sólo existirá un Plan de Pensiones, tal y como exige la legislación vigente.

Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , Financiero (Agrupación Sector Financiero ) , Barclays (Servicios CCOO en Barclays Bank) ,
Los derechos consolidados de los partícipes del Plan del Zaragozano no se verán mermados por ningún gasto por la liquidación que, de existir, será por cuenta del banco.

El acuerdo parte del criterio básico de mantener el sistema de los trabajadores de banca anteriores al 8-3-80 en cada uno de los bancos y unificar las condiciones de todos los trabajadores posteriores al 8-3-80 y los nuevos, con la única diferencia de pertenecer o no al Convenio de Banca.

Los elementos más importantes del acuerdo son los siguientes:

  1. Se crean tres subplanes distintos
    • Subplan 1.- Al que pertenecen los trabajadores de banca procedentes de Barclays España ó Barclays PLC, anteriores al 8-3-80, que mantienen el régimen de aportación definida.
      Recordad que para la contingencia de jubilación tienen derecho al capital acumulado derivado de las aportaciones de la empresa, con su correspondiente capitalización, además de los complementos en caso de incapacidad o fallecimiento. En estos casos, incapacidad o fallecimiento, si el capital para jubilación fuera superior al coste de dichos complementos, el beneficiario podrá percibir la diferencia.

    • Subplan 2.- Al que pertenecen todos los trabajadores procedentes de los dos bancos, posteriores al 8-3-80, todos los trabajadores de las empresas filiales y los de nuevo ingreso.

    • Subplan 3.- Al que pertenecen los trabajadores de banca procedentes de Banco Zaragozano, anteriores al 8-3-80, que mantienen el régimen de prestación definida.
      Recordad que para la contingencia de jubilación tienen derecho a la prestación definida derivada de su PE, que podrán cobrar en forma de renta o capital en el momento de la jubilación o, en su caso, los complementos derivados de incapacidad o fallecimiento.

  2. La Comisión de Control de Barclays ha aprobado un nuevo reglamento del Plan de Pensiones, que incorpora y mejora la normativa y derechos existentes en ambos planes. Dichas especificaciones estarán a vuestra disposición a través de la Intranet del banco.
  3. Las aportaciones serán mensuales para todos los colectivos.
  4. Todos los trabajadores podrán hacer aportaciones voluntarias al Plan de Pensiones. Antes, en el Plan del Zaragozano no se podía, por lo que se formalizó otro plan paralelo y clónico.
    Este plan se mantiene, abierto a todos los trabajadores y cónyuges de Barclays y con los mismos costes y política de inversiones que el Plan de empleo.
  5. Características del Subplan 2, que unifica y mejora sus condiciones para todos los partícipes del mismo:

    • Se incluye a todos los trabajadores, de los bancos y de las filiales. Antes, los trabajadores de las filiales del Banco Zaragozano no estaban en el Plan de Pensiones, ni tenían los mismos derechos de aportación que los de banca. Ahora todos tendrán las mismas aportaciones para jubilación y/o riesgos. No tendrán, como tampoco tienen las filiales de Barclays, las contingencias de incapacidad y fallecimiento derivadas del Convenio de banca.
    • Las aportaciones de la empresa serán de 700 euros anuales para 2004, revalorizables cada año en el mismo porcentaje que el sueldo base del Convenio de Banca.
    • Los trabajadores con antigüedad anterior a 1/01/2001 en BB y 30/06/2000 en BZ, tendrán además una aportación extraordinaria, pagadera en años sucesivos según los casos, de 240,40 € por año de antigüedad. En caso de causar baja antes de la amortización total, se abonará la deuda pendiente en ese momento.
    • Para los trabajadores de banca, estas aportaciones no se tendrán en cuenta para financiar las contingencias en caso de incapacidad o fallecimiento y, por tanto, en estos casos, el beneficiario tendrá el complemento de incapacidad, viudedad y/o orfandad, más el capital acumulado para jubilación. Antes, en Banco Zaragozano no computaban y en Barclays sí, ahora se unifica al alza.
    • Para los trabajadores de banca que tengan ayuda alimentaria, el importe de la misma se incluirá en el salario pensionable sobre el que se calculan los complementos de incapacidad, viudedad y/o orfandad. Ya lo tenían así en Barclays y se unifica al alza.

  6. La Comisión de Control estará compuesta por 12 personas, seis representantes de las empresas promotoras, cuatro de CC.OO. y dos de UGT, según la representatividad de cada sindicato.
  7. La comisión de gestión será del 0,20% y la de depósito del 0,05%. El promotor pagará cada año hasta 30.000 euros revalorizables de los gastos derivados del actuario que, hasta ahora iba a cargo del Plan.
    El actuario del Plan se elegirá, cada tres años, a propuesta de los partícipes o del promotor. Para la revisión de 2005, 2006 y 2007 se elige a propuesta de los partícipes y será Consultora de Pensiones y Previsión Social, Sociedad de Actuarios.
  8. La política de inversiones de prestación definida (subplan 3) se decidirá a propuesta del Promotor y la política de inversiones de aportación definida (subplanes 1 y 2) se decidirá a propuesta de los partícipes. Inicialmente será la misma, derivada de las existentes hasta ahora en los dos planes, y antes del 26 de febrero decidiremos si hay una sola política para todos los subplanes o se diferencian, en función de posibles intereses distintos de inversión. Esto lo aprobará la Comisión de Control, con el asesoramiento de los correspondientes expertos.
  9. Se actualiza la contingencia de complemento de orfandad en el caso de hijos con minusvalías, antes figuraba sólo para las minusvalías psíquicas y ahora se incorpora la mejora del Convenio, para cualquier modalidad de minusvalía. En estos casos, el complemento de orfandad no tiene límite de edad, se cobra mientras se mantenga la minusvalía.
  10. En el Plan de Pensiones se incorporan también los pasivos de los planes de ambas entidades, beneficiarios de pensiones de jubilación, incapacidad, orfandad o viudedad, con los mismos derechos que tenían en su Plan.

Los demás temas quedan como estaban antes. En cualquier caso, como el tema es complejo, cuando leáis el nuevo reglamento del Plan de Pensiones o cuando tengáis cualquier duda sobre vuestros derechos en el Plan de Pensiones, los representantes de CC.OO. en la Comisión de Control, os asesorarán o aclararán cualquier duda al respecto. Los representantes de COMFIA - CC.OO. son:

-José Antonio Pérez Aguilar (Presidente de la Comisión de Control)
-Fernando Duarte Domarco
-Silvia Gil Bueno
-Fernando del Río Florez

Con este acuerdo, que valoramos muy positivamente, acabamos 2004 con buena parte de nuestros objetivos cubiertos: Protocolo de fusión, que garantiza el empleo. Acuerdo de Prejubilaciones, que establece unas buenas condiciones para facilitar soluciones al excedente de personal. Acuerdo de horarios que unifica y mejora los horarios existentes y, ahora, Acuerdo de unificación de los planes de pensiones. La capacidad negociadora de COMFIA – CC.OO. ha quedado reflejada en cada uno de estos magníficos acuerdos. Pero quedan aún cosas pendientes, como la unificación de centros de trabajo, la unificación de condiciones de trabajo y beneficios sociales, para lo que es muy importante fortalecer la capacidad de CC.OO. mediante vuestra afiliación y participación.

Feliz Año Nuevo (28 de diciembre de 2004)