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CCOOAnálisis JUNIO 2024


 

SI NO ESTÁ ESCRITO, NO EXISTE

 

 

 


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,

En los negocios, y el trabajo no deja de ser un negocio, es ESENCIAL acordar todo por escrito. La confianza en la palabra de los demás es una forma  muy fácil y cómoda de hacer las cosas, pero cuando los temas se tuercen, y damos fé de que a veces se tuercen… 

Si no tenemos un acuerdo escrito, estamos literalmente vendidos. 

Los acuerdos escritos, establecen claramente los derechos y obligaciones y evitan la mayoría de malentendidos. No siempre necesitaremos para ello papel, tinta y pluma de ganso para rubricarlos, basta dejar las cosas claras con un simple correo. Esto nos evitará, entre otras cosas, pérdidas de tiempo, dinero, frustraciones, y el deterioro de la relación con aquellos que luego olvidan sus palabras. 

Y es que la confianza, una vez perdida, es difícil de recuperar.

Promesas incumplidas,  compensaciones por disponibilidades que no llegan, horarios, teletrabajo, etc. 

Si no están por escrito, simplemente NO existen.   

Recuerda las ventajas de tener los acuerdos por escrito:

  • Evita malentendidos

  • Genera prueba

  • Protege los derechos de todas las partes

  • Evita procesos legales 

Por nuestra experiencia, podemos afirmar que los casos de incumplimientos de acuerdos verbales suceden con frecuencia:  desde el día de la firma del contrato, con condiciones que realmente nunca existirán, hasta las más habituales sobre disponibilidades que nunca se pagarán. 

Por ello insistimos, lo que NO está escrito NO existe. 

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#STOPBULOS

DESTAPAMOS LA FAKE NEWS SINDICALES

Continuamos con esta sección, desde la que en CCOO-Capgemini queremos desmontar los continuos bulos y fake news sindicales que nos ofrecen periódicamente algunos sindicatos, bien por desconocimiento, bien por demagogia.

No se trata de atacar ni desacreditar a nadie, sino de informar verazmente de situaciones e informaciones que pueden llevar a duda, error o directamente perjuicio a las trabajadoras y trabajadores de Capgemini.

Condiciones TELETRABAJO 

FALSO: 

  1. En ambos acuerdos se contempla hasta un 80% de teletrabajo. La situación de alcanzar un porcentaje de teletrabajo del 100% está contemplada en el acuerdo de Capgemini bajo unas circunstancias muy concretas, sin embargo no consta en el acuerdo de Altran Madrid. 

  1. Asimismo la duración de los acuerdos individuales, son hasta final del año en curso como máximo, renovándose automáticamente a final de cada año, mientras el trabajador cumpla con los requisitos para ello y el proyecto lo permita, igual en ambos acuerdos, no siendo cierto que en el caso de Altran sean de duración indeterminada.

  1. En Capgemini el teléfono móvil NO va asociado a la modalidad de trabajo, salvo que el proyecto lo requiera, en cuyo caso se asignará independientemente de si teletrabajas o no.

Esta desinformación ha podido privar a muchos compañeros de tomar una decisión más adecuada a sus intereses.

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#SeguimosSumando

 

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