Los principales puntos contemplados en este preacuerdo son los siguientes:
1.- Vigencia del Convenio de 3 años: del 01/01/2025 al 31/12/2027.
2.- Incremento de los importes:
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- 4% en 2025
- 3% en 2026
- 3% en 2027
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Estos incrementos son aplicables a los siguientes conceptos:
a) Tablas Salariales (Salario Base y Plus Convenio): Aplicable con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini. Sin embargo, de cara a su repercusión en el salario neto final, deberá tenerse en cuenta las condiciones de absorción para cada colectivo.
NOTA: Recordad que la subida del Salario Base repercute en el importe final de la Antigüedad.
b) Dietas: Afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini.
c) Kilometraje: Afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini.
d) Teletrabajo: Afecta a las personas trabajadoras del Colectivo Altran no adscritas al acuerdo del Colectivo General.
3.- Incremento excepcional en Tablas Salariales para el Área 3 - Grupo E - Nivel 2: Desde el 1 de enero de 2025, pasará de 15.876 € a 17.300 €, y alcanzará los 18.353,57 € el 1 de enero de 2027. Actualmente más de 1.000 personas tienen esta categoría de convenio en nuestra Empresa.
4.- Inclusión de una nueva área profesional: Área 5 - Ciberseguridad. Para 2025 esta área contará con un incremento salarial adicional del 15% en los niveles A, B y C, del 13% en el nivel D y del 10% en el nivel E (sobre el 4% de subida generalizada para este año).
5.- Cláusula de revisión de Tablas Salariales ligada al IPC: Aplicable al IPC acumulado durante los 3 años de vigencia del convenio, con efecto desde el 1 de enero de 2028 y un importe máximo del 2% sobre las subidas pactadas para ese año.
Excepciones: Para el Área 5 - Ciberseguridad, al tratarse de tablas nuevas con incrementos para 2025 por encima del 14% en varios niveles, esta cláusula de revisión ligada al IPC se aplicará únicamente al acumulado de los años 2026 y 2027, excluyendo el año 2025.
6.- Múltiples medidas de no discriminación de las personas LGTBI: Siguiendo lo marcado por la Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, y el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Por primera vez en la historia, los trabajadores y trabajadoras de Consultoría contaremos con un nuevo convenio el día después de finalizar la vigencia del anterior, incluyendo diversas mejoras y actualizaciones, y sin que ello suponga retroceso alguno ni la pérdida de ningún derecho.
Lamentablemente, se quedan en el tintero medidas que la patronal ha rechazado de forma rotunda, negándose siquiera a negociarlas. Estas iniciativas, algunas de ellas cruciales para el sector, exigirán la implicación decidida de todos los trabajadores y trabajadoras, para que sea posible convertir en realidad los cambios que merecemos.
¡MEJORAR EL CONVENIO DEPENDE DE TODAS Y TODOS!
Mientras, y antes de poder disfrutar de las nuevas mejoras de convenio, sólo queda la firma del acuerdo definitivo, así como su revisión por el Ministerio de Trabajo y posterior publicación en el BOE, algo que esperamos se demore lo menos posible.
Os iremos informando.
#SeguimosSumando