Dicho acuerdo se detalla a continuación:
- Descansos y Turnos Partidos: Se ha establecido un régimen de descansos intrajornada retribuidos de la siguiente manera:
- Jornadas inferiores a 5 horas: sin descanso.
- Jornadas entre 5 horas inferiores e inferiores a 7: 20 min.
- Jornadas de 7 horas o superiores: 30 min.
- Descanso Semanal: Introducimos un esquema de descanso semanal rotativo que incluye descansos cada 6 semanas de sábado y domingo seguido de lunes y martes.
- Turnos Partidos: Hemos definido las especificidades de los turnos partidos, jornadas partidas mínimas de 7 horas, con interrupciones de entre 1 y 2 horas, y fracciones de entre 5 y 3 horas...
- Vacaciones: Se otorga un plazo de un mes para la creación de un protocolo de vacaciones.
- Política de Comidas: Se ha establecido una política de comidas donde la persona trabajadora puede elegir sobre un listado de puntuación de productos con puntuación el número de puntos según jornada.
- Inferiores a 5 horas de trabajo: 3 puntos.
- De 5 horas e inferiores a 7 horas de trabajo: 4 puntos.
- Para 7 o más de trabajo: 5 puntos.
- Política de Becas: Se ha establecido un sistema de becas a nivel nacional, con la concesión de 100 becas de 250 €.
- Uniformidad: Se han establecido normas para la entrega y conservación de uniformes, garantizando 2 uniformes para el personal de fin de semana y 3 para el resto.
- Seguro de Accidentes: Se garantiza la protección de las personas trabajadoras mediante la contratación de una póliza de seguros que cubre casos de fallecimiento o incapacidad permanente, por un valor de 18.000 euros.
- Ceses: Se establecen los plazos y condiciones para la comunicación de cese voluntario siendo estos.
- Grupo I y II: 1 mes.
- Grupo III y IV: 15 días.
- Licencias Retribuidas y No Retribuidas: Se implementa un sistema de licencias que reconoce y regula los derechos de las personas trabajadoras en cuanto a permisos remunerados y no remunerados, con el objetivo de conciliar la vida laboral y personal.
- Desplazamiento entre Tiendas: Se establecen normativas para los desplazamientos entre tiendas, garantizando que al empleado solo se le podrá desplazar si se cumplen una distancia inferior de 25 kilómetros del centro de origen o que el tiempo empleado al desplazamiento sea igual o inferior al 25%.
- Pago Único: Como un reconocimiento al esfuerzo y la dedicación de nuestra plantilla, se negocia un pago único y no consolidable en la nómina del presente año, para el mes de mayo por un importe del 2% del salario bruto (excluyendo bonificación de productividad) del año 2023. Se abonará a las personas trabajadoras que estuvieran dadas de altas en 2023 y permanezcan en la compañía en 2024.
Para más información puedes contactar con tus delegadas y delegados de CCOO.
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