OESIA PRECARIZA AL COLECTIVO DE CONTACT CENTER
En línea con la deriva que está tomando la Dirección de la Empresa en cuanto a vulneración de derechos, incumplimiento de acuerdos y compromisos, fomento de desigualdades, bloqueos en mesas de negociación, negativas a mejorar la situación de la plantilla, despidos fulminantes y de forma injusta a personas sin proyecto sin reconocerles la improcedencia, etc. Se suma la gran cantidad de vulneraciones al colectivo de contact center.
(*) Incumplimiento de acuerdos. Denegación del día corresponsable.
(*) Incumplimiento de convenio. No respetan los 2 meses de antelación para aprobar/denegar vacaciones según art 29 Convenio Contact Center.
(*) Incumplimiento de acuerdos. No actualizan el Complemento de Retención y Talento.
(*) En proyectos 24*7, en 2019, obligaron a las personas a firmar estas nuevas condiciones si querían continuar en la empresa. Actualmente hacen contratos de lunes a viernes, teniendo mejores turnos las nuevas incorporaciones y generando diferencias entre las personas.
(*) Las imputaciones que se realizan en GO no reflejan la realidad. Se imputa de lunes a viernes, aunque se trabajen los fines de semana.
(*) Los mejores turnos son para las nuevas incorporaciones y personal de ETT.
(*) No informan de las horas de bolsa generadas. Hay agentes con más de 80 horas pendientes de disfrutar a final de año.
(*) Obligan a coincidir vacaciones/permisos con fines de semana no trabajados.
(*) No respetan el día de descanso por festivo trabajado. Incumplimiento del art 49 Convenio Contact Center.
(*) A las ETT le dan turnos para conciliar si lo solicitan sin reducir jornada y a la plantilla se le exige reducir.
(*) No se proporciona información preceptiva, como turnos, contratos de personal de Oesía y ETT.
(*) Siguen sin pagar los atrasos de los recargos que marca el nuevo Convenio después de su publicación el 9 de junio de este año.
(*) Se ofrecen contratos a jornada completa a personas de ETT antes de ofrecerlos a la plantilla de Oesía.
(*) Obligan a gente de las ETT a firmar contratos de lunes a sábado todo el año para pasar a plantilla sin cumplirse las 48 horas de descanso semanal.
COSAS QUE DEBES SABER ANTES DE FINALIZAR EL AÑO
Se acerca el final del año y queremos recordaros algunos asuntos de interés:
El día de asuntos propios (día corresponsable) o los días de ajuste por exceso de jornada, se deben disfrutar antes de que finalice el año ya que no son acumulables?, y si no se utilizan se pierden.
Recordad que el día de asuntos propios es un derecho que recuperó CCOO para toda la plantilla que disponga de una antigüedad superior a seis meses. No es necesario solicitar permiso al responsable para utilizarlo?, ?ya que solo ?se debe informar de cuándo ?se va usar con la antelación que sea posible. ?Se puede unir a los días de vacaciones.
¿Las vacaciones anuales caducan?
Las vacaciones anuales se pueden disfrutar hasta el 6 de enero del próximo año. Por otro lado, gracias al plan de igualdad, se permite conservar 5 días laborables o 7 naturales (dependiendo del convenio de aplicación), hasta el 31 de marzo del año siguiente.
¿Es posible que nos paguen las vacaciones en lugar de disfrutarlas?
No, no es posible. “El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica…” Salvo en casos concretos: Si se jubila después de un periodo de incapacidad laboral y sin haber disfrutado de los días de vacaciones. Si el contrato se extingue antes de disfrutar de las vacaciones. Si se produce un cese de contrato.
¿Y si soy Contact Center?
Si eres Contact Center, según el Artículo 27 del convenio de Contact, sobre las vacaciones debes saber: las vacaciones serán de treinta y dos días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados, debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados, respetando las necesidades del servicio. Podrán disfrutarse cuatro días sueltos, bien de forma separada o conjuntamente, cualquier día laborable del año, de común acuerdo entre empresa y solicitante.
¿Se puede juntar el día de asuntos propios (Día corresponsable) con días de vacaciones?
Por supuesto que sí.
¿Se puede juntar el día de mudanza o cualquier otro tipo de permiso existente con días de vacaciones?
Por supuesto que sí.
¿Puede la empresa imponerme unos días de vacaciones?
El articulo 38 del Estatuto de los Trabajadores lo dice muy claro: “El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.” Se tienen que llegar a un acuerdo, no se puede imponer.
AFÍLIATE PARA HACERNOS MAS FUERTES Y AVANZAR CON MAYOR CONTUNDENCIA
La Sección Estatal de CCOO en Oesía ha demostrado que es una herramienta efectiva para mejorar las condiciones de la plantilla y como dique de contención para la ambición desmedida de la Dirección.
Derechos como el día de asuntos propios, antigüedad, no son fruto de la casualidad. Detrás de ellos existe un gran trabajo sindical de CCOO, realizado por un grupo de personas comprometidas e implicadas en la defensa y mejora de las condiciones laborales de la plantilla.
Afíliate para hacernos más fuertes y poder avanzar con mayor contundencia.
Desde la Sección sindical de CCOO en Oesía Networks ofrecemos un trato personalizado y cercano a toda nuestra afiliación, llevando un seguimiento de sus cuestiones particulares si así nos los solicitan, realizando reuniones periódicas exclusivas y estando disponibles en cualquier momento para atender sus demandas.
CCOO es imprescindible para conseguir mejores condiciones de trabajo, mejores salarios y nuevos derechos a través de la negociación de los convenios colectivos, de la relación permanente con las empresas y de la interlocución con las diferentes Administraciones Públicas.
Tenemos los mejores equipos de asesoramiento sindical, jurídico y técnico a tu disposición. Una red de 320 abogadas y abogados y 190 centros repartidos por el territorio nacional. Solo en 2019 atendimos cerca de 200.000 casos, con una amplísima mayoría de resoluciones favorables.
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