Desde el pasado día 21 de mayo tenemos en Atmira un registro horario un tanto básico. Sin embargo, lo que no nos han contado es que:
- El sistema del registro horario a través de la IaWeb en los términos informados es provisional. Estamos a la espera de reglamento normativo para la instalación de un sistema definitivo que sea coherente, fiel y fehaciente.
- El registro, por ley, debe computar las horas de trabajo efectivo. De ahí los mensajes que aparecen en nuestro IaWeb en la pestaña donde introducimos los datos.
Y en este orden de cosas debemos informar que hemos conseguido un acuerdo con Atmira en el que la empresa considera los tiempos vitales y descansos (salvo la hora de comida) como tiempo efectivo de trabajo que no es preciso recuperar.
No es un tema baladí. Hay empresas que, aprovechando el registro, están prolongando las jornadas de sus plantillas haciéndoles recuperar el tiempo del desayuno y otros descansos. Por eso para CCOO es muy importante que quede recogido y firmado, de una vez por todas y para evitar problemas futuros o interpretaciones interesadas, qué tiempo debemos considerar como de trabajo y cuál no. Y debemos agradecer en este sentido la labor realizada por los delegados de CCOO que han propiciado este acuerdo que, junto al de Horas Extras, alcanzado también por la sección sindical de CCOO, y la ley en vigor, servirán para solicitar, gestionar, identificar y compensar correctamente todos los tipos de sobresfuerzos que se realicen en Atmira.
Dicho esto, también es importante para todos y todas evitar los abusos con esos tiempos de descanso. Serán los responsables quienes, en función de la realización o no de las tareas encomendadas, puedan tomar cartas en el asunto para corregir las posibles desviaciones en el uso de los descansos… como hasta ahora… pero sabiendo que, en primera instancia es nuestra responsabilidad y que debemos hacer un uso adecuado de estos tiempos.
Asimismo, recuerda fichar todos los días. Es una tarea de todas las personas trabajadoras en nuestra empresa, por el hecho de trabajar en Atmira, hasta tal punto que Atmira, en su obligación por ley de garantizar el registro, podría, si así lo estimara, tomar acciones contra quien no registre sus horas, para evitar posibles sanciones de la Inspección de Trabajo. Introduce las horas reales y en caso de olvido (y fecha cerrada) informa a RRHH de la incidencia.
Dijimos que el registro horario no debería cambiar nada, y así deberá seguir siendo con el acuerdo alcanzado. Tan solo registrar diariamente las horas de entrada y salida.
Si tienes dudas o problemas con este tema o con las horas extras/guardias, háznoslas llegar. Estamos a tu disposición en los canales habituales.
¿Qué pasa si pertenezco al centro de Barcelona, Córdoba o Vilafranca? ¿Y si soy de alguna otra empresa del grupo? Lamentablemente la Dirección no ha querido aplicar los términos del acuerdo a estos compañeros y compañeras porque no les representamos. Posiblemente y en el corto-medio plazo, tampoco cambie nada su forma de computar la jornada… y esperemos que así siga siendo, porque sin acuerdo similar al firmado con CCOO en Madrid, será decisión de la empresa hacer que recuperen esos descansos que la empresa no les ha reconocido como tiempo efectivo de trabajo (y que no necesariamente son derechos adquiridos) o que les descuenten de sus horas extraordinarias realizadas los descansos acumulados.
No queremos terminar este comunicado sin compartir una noticia del periódico Expansión similar al acuerdo que hemos alcanzado y que muchos conoceréis y una reflexión:
Seguimos pensando que en los tiempos que corren, los sindicatos siguen siendo necesarios, garantes de la negociación colectiva, para mejorar los derechos laborales, que con las nuevas fórmulas de contratación y de prestación de servicios se están difuminando.
Y por ello, nadie mejor que quien conoce la naturaleza de trabajo, para mejorarlo.